La georreferenciación consiste en asignar coordenadas oficiales (sistema ETRS89) a los límites de una finca, de modo que su posición y superficie quedan definidas de forma inequívoca. Desde la Ley 13/2015 es un requisito habitual en segregaciones, agrupaciones, inmatriculaciones y rectificaciones de superficie ante notaría y Registro de la Propiedad.
En Cartomon Topografía medimos la finca con GPS/GNSS de precisión, generamos la representación gráfica georreferenciada y el archivo GML, y obtenemos el informe de validación gráfica del Catastro que necesitan tu notario o registrador.
Cuándo necesitas georreferenciar
- Segregaciones, divisiones, agrupaciones y agregaciones de fincas.
- Inmatriculación de fincas no inscritas y expedientes de dominio.
- Rectificación de superficie o linderos en el Registro.
- Declaraciones de obra nueva con exigencia de coordenadas.
Preguntas frecuentes
¿Qué me pedirá el notario o el registrador?
Habitualmente la representación gráfica georreferenciada de la finca en formato GML junto con el informe de validación gráfica del Catastro. Nosotros preparamos y validamos toda esa documentación.
¿Georreferenciación y medición son lo mismo?
No exactamente: la medición determina superficie y forma; la georreferenciación además fija la posición absoluta con coordenadas oficiales ETRS89, que es lo que exigen Catastro y Registro.
¿Sirve la georreferenciación del Catastro directamente?
Solo si la cartografía catastral coincide con la realidad. Cuando hay discrepancias, hay que medir en campo y presentar una representación gráfica alternativa validada.
